Propósito Principal de la Ocupación:
Gestionar Labores Vinculadas con la administración de finanzas, mantenimientos, convivencia y seguridad de condominios, de acuerdo con estándares técnicos y normativa vigente.
Ámbito Ocupacional:
Se desarrolla en el área de servicios de administración y apoyo a la comunidad, son personas naturales o jurídicas que cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 84 de la ley No. 21.442, y las disposiciones del reglamento nacional de la ley No. 21.442, difundido por el ministerio de vivienda y urbanismo. Se desempeña en organizaciones públicas o privadas, pequeñas, medianas o grandes, vinculadas a la gestión de labores de la administración de condominios. El administrador (a) de condominios se desempeña con autonomía en actividades y funciones especializadas en diversos contextos con supervisión del comité de administración vinculado a la comunidad en donde se desempeña. Trabaja colaborativamente en actividades y funciones coordinándose con otros(as) en diversos contextos. Toma decisiones en actividades propias y en aquellas que inciden en el quehacer de otros(as) en contextos conocidos.